El Congreso de Oaxaca ordena combatir la intolerancia religiosa en los 570 municipios del estado, debido a los actos registrados en las comunidades contra cristianos evangélicos.
La propuesta fue aprobada de urgente y obvia resolución, debido a que recientemente se dio un incidente de intolerancia religiosa en el municipio de San Juan Lalana, donde quemaron una palapa que era usada como casa de oración, por parte de una iglesia cristiana evangélica.
El exhorto (promovido por las diputadas Haydeé Reyes Soto y Juana Aguilar Espinoza) va dirigido al la Titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), y a las autoridades locales de los 570 municipios.
En concreto la LXV Legislatura local llama a la Titular de la DDHPO y a los 570 municipios a coordinarse para implementar programas de promoción, capacitación y difusión en materia de derechos humanos, dirigidos a los servidores públicos que trabajan en los ayuntamientos, agencias y núcleos rurales, con la finalidad de promover el respeto a las creencias religiosas dentro de sus comunidades y evitar conflictos de intolerancia religiosa.
Asimismo, el Congreso local exhorta a las autoridades municipales de los 570 municipios para que se abstengan de imponer actividades, cuotas, cargos, servicios o castigos como sanción a las personas que no profesan religión o credo determinado, ya que dichos actos constituyen un delito, de conformidad con lo establecido en el artículo 412 Bis del Código Penal de Oaxaca.
De acuerdo con la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca se han iniciado 76 expedientes de queja y ocho cuadernos de antecedentes por casos de intolerancia religiosa a nivel comunitario. De ellos, 46 se registraron en municipios indígenas. A finales de noviembre de 2023, otro caso ocurrió contra una familia evangélica originaria de la Cuenca del Papaloapan.
En tribuna, la legisladora Haydeé Reyes Soto expuso que a pesar de que el Estado Mexicano debe garantizar la libre manifestación y ejercicio de conciencia y de religión, sea de manera individual y colectiva, por ser un derecho de cada persona, en Oaxaca la intolerancia religiosa persiste. “principalmente en zonas rurales e indígenas”.
“Por lo que respecta al estado de Oaxaca, se han registrado conflictos donde se han detectado amenazas, abuso de autoridad, detenciones arbitrarias, imposiciones de multas, arrestos de más de 24 horas, la negativa de proporcionar servicios indispensables, así como el hecho sucedido recientemente en San Isidro Arenal, perteneciente al municipio de San Juan Lalana, en la Cuenca del Papaloapan, en donde incendiaron una iglesia evangélica, lo que transgrede el derecho humano de toda persona de profesar la religión que desee, y es discriminatorio”, expuso.
La legisladora recordó que los actos contra los evangélicos cometidos en Oaxaca son un delito: “El Código Penal del Estado ya tipifica en el artículo 412 Bis el delito de discriminación, dentro del cual se considera que existe ésta por motivos de religión cuando se le niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho; humille o excluya a persona alguna o grupo de personas; le imponga actividades, cuotas, cargos, servicios o castigos como sanción a no profesar religión o credo determinado”.
De igual manera, la legisladora Juana Aguilar Espinoza señaló que los ayuntamientos, incluyendo los de municipios que se rigen por Sistemas Normativos Indígenas, deben velar por los derechos de los habitantes y el cumplimiento de las leyes.
“Es un acto de barbarie e intolerante para el Estado expulsar a ciudadanos de sus bienes, de sus pueblos, de su origen, y esto es resultado de que no existe una autoridad inmediata para velar por el derecho humano a la libertad de la creencia religiosa”, manifestó.
“Pedimos que se incapacite a autoridades municipales por los actos de intolerancia religiosa, por los actos ocurridos en la comunidad de Santiago Jalahui, perteneciente al municipio de Santiago Choápam, donde fueron expulsadas a alrededor de 50 familias, unas 500 personas que no profesan la misma religión que el resto del pueblo. Dice el artículo 40 de la Carta Magna, somos un estado mexicano laico, se replica en la Constitución de Oaxaca en al artículo 29, pero si no fuera suficiente, la Ley Orgánica Municipal para el Estado determina que deben sujetarse para su régimen interior a la Constitución federal y local”, señaló.
“Cada presidente municipal debe tener en cuenta que la palabra laica significa que todos tenemos los mismos derechos sin importar religión alguna”, reiteró.