Perú modifica su Código Civil en favor de las familias


Gracias a la iniciativa legislativa de la congresista Milagros Aguayo, el Congreso de la República del Perú acaba de aprobar por unanimidad (100 votos a favor)la incorporación de principios generales de los procesos en materia de Familia con el objetivo de que los jueces evalúen hechos priorizando el interés superior del niño y adolescente. Ello contribuirá en agilizar los procesos en materia de familia e infancia.

El dictamen aprobado es el Proyecto de Ley 7491, que modifica el Código Civil, Decreto Legislativo 295, para incorporar los principios generales de los procesos en materia de familia. En una segunda consulta, la iniciativa fue exonerada de segunda votación con 93 votos a favor, quedando lista para su eventual promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

Previamente, el congresista Isaac Mita Alanoca (PL), presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, sustentó que del total de la carga procesal del año 2023 los procesos de familia representaron el 37.8 %, mientras en lo que va del año 2024, el total de procesos de familia representan el 40 % del total de carga procesal.

“Las cifras y porcentajes observados son preocupantes, casi la mitad de los procesos judiciales pendientes de resolver son en la materia de la familia. En ese sentido, es urgente flexibilizar los procesos judiciales de familia dejando de lado las prácticas burocráticas que se han venido ejecutando hasta el momento”, acotó.

Agregó que, ante este panorama, se requiere de la implementación de principios que aceleren los procesos y la práctica judicial “por lo que resulta necesario que, en la norma sustantiva, se establezcan los principios que rigen en los procesos en materia de familia”, finalizó el legislador.

 

El texto aprobado incorpora el artículo 233-A al Código Civil, Decreto Legislativo 295, en referencia a los principios generales de los procesos de familia, en los siguientes términos:

En los procesos en materia de familia se respetan los principios de oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe y lealtad procesal, y oficiosidad. En los procesos que involucren derechos de niños y adolescentes, los jueces están obligados a evaluar los hechos y circunstancias desde un punto de vista que priorice la vulnerabilidad de la persona en las etapas de la infancia y la adolescencia.

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